2)Continúan señalando que interpusieron apelación restringida denunciando fundamentación insuficiente y contradictoria, valoración defectuosa de la
2)Continúan señalando que interpusieron apelación restringida denunciando fundamentación insuficiente y contradictoria, valoración defectuosa de la prueba y errónea aplicación del art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley 1008, por inobservancia del art. 49 de la misma Ley, vinculado al art. 6 del CPP; además, en lo que respecta a Jorge Pimentel Flores, la fundamentación es contradictoria e insuficiente porque el Ministerio Público, jamás demostró la posesión dolosa ya que no tenía conocimiento de la actitud de su esposa, pues en su hogar todo era normal y por su ocupación de chofer se encontraba todo el tiempo en la calle
- Por memorial presentado el 21 de octubre de 2013, cursante de fs
- Haciendo referencia a normas constitucionales y a los arts
- 2)Continúan señalando que interpusieron apelación restringida denunciando fundamentación insuficiente y contradictoria, valoración defectuosa de la
- 3)Expresan que la Sala Penal Segunda, declaró improcedente el recurso de apelación con una serie
- El art
- En este contexto, el art
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- En tal sentido, al ser evidente la inobservancia de la norma contenida por el art
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
