De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a)En mérito al requerimiento de acusación pública formulado por el Ministerio Público (fs. 21 a 24), a la acusación particular promovida por Joaquín Nina Quispe (fs. 31 a 36 vta.); y, desarrollada audiencia de juicio oral, por Sentencia 102/2012 de 14 de diciembre (fs. 656 a 663 vta.), el Tribunal Tercero de Sentencia de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a: Rómulo Colque Tórrez, Henry Rodrigo Colque Casilla y Héctor Luís Colque, autores y culpables del delito de Lesiones Graves previsto en el primer párrafo del art. 271 del CP, imponiéndole al primero la pena de cuatro años y seis meses de privación de libertad; y a los dos últimos la sanción de tres años de privación de libertad a ser cumplidos en el centro penitenciario de San Pedro de la ciudad de La Paz, más costas a favor del Estado y la víctima, y, reparación del daño civil a favor de ésta, averiguables en ejecución de Sentencia; asimismo, los declaró absueltos de la comisión del delito de Homicidio en grado de tentativa previsto en los arts. 251 en relación al 8 del CP y concedió a los imputados Henry Rodrigo Colque Casilla y Héctor Luís Colque Casilla, la suspensión condicional de la pena
- Por memorial presentado el 11 de septiembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra aquella Sentencia, tanto los recurrentes (fs
- Del memorial de fs. 749 a 755, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En lo que refiere al plazo de interposición, se tiene que los recurrentes fueron notificados
- Previo a ingresar al análisis sobre la admisibilidad del recurso, es necesario hacer hincapié que
- En lo que toca al segundo motivo, se tiene que los recurrentes realizan una adecuada
- Es situación común en ambos motivos del recurso en análisis, el cumplimiento de los requisitos
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
