La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el
POR TANTO
La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Rómulo Colque Torrez, Henry Rodrigo Colque Casilla y Héctor Luís Colque Casilla cursante de fs. 749 a 755 vta.; asimismo, en cumplimento del mencionado artículo en su segundo párrafo, dispone que por Secretaría de Sala, se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas: el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo
- Por memorial presentado el 11 de septiembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra aquella Sentencia, tanto los recurrentes (fs
- Del memorial de fs. 749 a 755, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En lo que refiere al plazo de interposición, se tiene que los recurrentes fueron notificados
- Previo a ingresar al análisis sobre la admisibilidad del recurso, es necesario hacer hincapié que
- En lo que toca al segundo motivo, se tiene que los recurrentes realizan una adecuada
- Es situación común en ambos motivos del recurso en análisis, el cumplimiento de los requisitos
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
