En relación al cumplimiento del requisito de admisibilidad de fondo, se evidencia que el recurrente
En relación al cumplimiento del requisito de admisibilidad de fondo, se evidencia que el recurrente no invocó ningún precedente contradictorio, razón por la cual tampoco explicó, ni fundamentó en términos claros y precisos respecto a la posible contradicción que pudiera existir con el Auto de Vista impugnado; requisito ineludible para decretar la admisibilidad del recurso; más aún, cuando los reclamos efectuados por el recurrente se ubican en el ámbito de una apelación restringida, al denunciar vulneraciones en los que hubiese incurrido el Tribunal de Sentencia al emitir una Resolución con los defectos que habilitan la referida apelación conforme el art. 370 incs. 1), 2), 5) y 6) del CPP. A lo referido se añade, que la mera referencia al art. 124 del CPP, no es suficiente para tenerse por cumplida la carga procesal que tiene toda parte procesal que recurra de casación; sin soslayar, el confuso planteamiento del recurrente relativo a que no fue suficientemente individualizado, al sostener que no se hubiese demostrado que traficó con sustancias controladas, existiendo según afirma, duda razonable en la supuesta participación del delito por el que fue condenado, cuando los antecedentes demuestran que el imputado fue juzgado y sentenciado por el delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente
- Por memorial presentado el 9 de agosto de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- 1)Bajo el título de: “INOBSERVANCIA O ERRONEA APLICACIÓN DE LA LEY SUSTANTIVA” (sic), señala que,
- 2)Indica: “QUE EL IMPUTADO NO ESTE SUFICIENTEMENTE INDIVIDUALIZADO” (sic), significa que en el presente caso,
- 3)Afirma, sobre: “LOS FUNDAMENTOS CONTRADICTORIOS DE LA SENTENCIA” (sic), que el art
- 4)Arguye, que la Sentencia se basó: “…EN HECHOS INEXISTENTES O NO ACREDITADOS O EN VALORACION
- Finalmente, solicita se le conceda el recurso ante “…la Excelentísima Corte Superior de Justicia a
- El art
- En este contexto, el art
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el presente caso, se comprueba que el recurrente cumplió con el primer requisito de
- En relación al cumplimiento del requisito de admisibilidad de fondo, se evidencia que el recurrente
- Por los fundamentos expresados, se concluye que el recurso de casación deducido, no cumple con
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
