Auto Supremo AS/0330/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0330/2013

Fecha: 18-Nov-2013

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3. En la Sentencia no existe fundamentación siendo la misma insuficiente y contradictoria (sic). El Juez de Sentencia pronunció Sentencia condenatoria sin ninguna fundamentación de hecho ni de derecho que la respalde, contraviniendo lo dispuesto por el artículo 124 del Código de Procedimiento Penal que ordena a los jueces fundamentar con motivos de hecho y de derecho sus resoluciones, bajo los parámetros de la sana crítica, la lógica y la experiencia, aspectos que no concurrieron en el caso, pues, según la recurrente, se observa la ausencia de valor probatorio de cada una de las pruebas incorporadas en el juicio oral, pues no se conoce la fundamentación intelectiva que la autoridad habría realizado a efectos de generar convicción sobre su supuesta participación en el ilícito que se le atribuye