Auto Supremo AS/0334/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0334/2013

Fecha: 19-Nov-2013

No obstante que el recurso de casación en lo principal no es claro, sin

CONSIDERANDO IV: (Cumplimiento de los requisitos de admisibilidad en el caso de autos)
Que en cuanto al plazo de interposición, de la revisión de antecedentes procesales se constata que el recurso de casación en examen fue interpuesto por el recurrente dentro del término de cinco días establecido en el artículo 417 del Código de Procedimiento Penal. No adjuntó copia del recurso de apelación restringida, toda vez que la sentencia le fue favorable y no interpuso recurso de apelación restringida, no correspondiendo por tanto el cumplimiento de dicha exigencia para el ahora recurrente.
Con relación a los demás requisitos de admisibilidad, del contenido principal del recurso de casación, se evidencia que el recurrente se limita a realizar una critica del Auto de Vista impugnado, sin especificar en concreto que cuestiona del Auto de Vista que impugna, pues el planteamiento del recurso de casación debe ser claro, preciso y específico, no dejando lugar a interpretaciones erróneas respecto a la pretensión del recurrente, denunciando las contradicciones en que hubiera incurrido el Tribunal de Alzada a momento de resolver la Apelación de la Sentencia, sobre la base de los precedentes contradictorios, en observancia y cumplimiento de los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, el incumplimiento de los mismos hace que el recurso sea declarado inadmisible.
No obstante que el recurso de casación en lo principal no es claro, sin embargo con relación al último párrafo del recurso respecto en el que denuncia que el Tribunal de Alzada ha revalorizado las pruebas testíficales, el recurrente cita los Autos Supremos Nros. 214/2007, 623/2007, 99/2012 y 504/2007 dando a entender que la revalorización de prueba esta prohibida por ley, aspecto que amerita sea verificado en el fondo, por lo que éste único punto del recurso deviene en admisible