FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
Concluye su fundamentación, que por lo ampliamente expuesto se dicte Auto Supremo conforme el art. 271 núm. 3) del Código de Procedimiento Civil, anulando obrados hasta el estado de que el Tribunal de segunda instancia resuelva el recurso de reposición planteado por la otra parte, o alternativamente casando el Auto definitivo, en consecuencia lógica ordenar que se continúe con el procedimiento respectivo en segunda instancia y sea con multa al Tribunal infractor.
CONSIDERANDO III:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
Habiendo la parte recurrente interpuesto recurso de casación en la forma y en el fondo, este Tribunal en principio resolverá la impugnación en la forma, toda vez que de ser evidentes las infracciones acusadas daría lugar a la nulidad de obrados, siendo en consecuencia, innecesario el pronunciamiento de fondo
CONSIDERANDO III:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
Habiendo la parte recurrente interpuesto recurso de casación en la forma y en el fondo, este Tribunal en principio resolverá la impugnación en la forma, toda vez que de ser evidentes las infracciones acusadas daría lugar a la nulidad de obrados, siendo en consecuencia, innecesario el pronunciamiento de fondo
- Distrito: Tarija
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En la forma
- En el fondo
- Indica también que al no haber leído completamente el documento transaccional y las boletas de
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Por otro lado, de los mismos antecedentes se establece que si bien por decreto de
- El Tribunal Ad quem cumpliendo con lo estipulado en el art
- Por lo anterior corresponde fallar a este Tribunal en sujeción a lo mandado por los
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Registrado en el Libro de Tomas de Razón: sexto
