Tal es así que, el art
Tal es así que, el art. 236 del Código Adjetivo de la materia, señala que “El Auto de Vista deberá circunscribirse precisamente a los puntos resueltos por el inferior y que hubieran sido objeto de la apelación y fundamentación…”, aspecto que recién ahora acusa, lo que imposibilita su consideración, pues al no haber agotado dicha posibilidad en su oportunidad, en casación esta negligencia de parte de la misma recurrente no puede ser motivo de nulidad de obrados
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Deducida la Apelación de la indicada Sentencia, por la demandada Margarita Saucedo Forero, la Sala
- HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Señala que al diferir a ejecución de Sentencia este aspecto principal sobre bienes comunes del
- En base a esos antecedentes, pide la Nulidad de Obrados con Reposición hasta el Auto
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Establecido lo anterior, en función a los fundamentos expuestos, corresponde considerar la impugnación de la
- Tal es así que, el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Registrado en el Libro de Tomas de Razón: sexto
