Auto Supremo AS/0609/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0609/2013

Fecha: 29-Nov-2013

Del mismo modo, la recurrente refiere que se hubiera quitado valor de documento público del

Del mismo modo, la recurrente refiere que se hubiera quitado valor de documento público del objeto de cuyo protocolo pide reposición, y que por ello se hubiese dejado de lado la aplicación del artículo 1287 del Código Civil, puesto que solamente se hubiesen realizado juicios de valor y en su petitorio solicita que mediante Auto Supremo se case el auto de vista recurrido y asimismo anulen la sentencia emitida por el Juez Noveno de Partido en lo Civil y Comercial de La Paz, en consecuencia declaren probada su demanda, disponiendo la reposición del protocolo de la Escritura Pública N° 181/97