Auto Supremo AS/0639/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0639/2013

Fecha: 20-Nov-2013

Que, la sentencia condenatoria pronunciada por el tribunal de la causa fue objeto de impugnación

Que ambos imputados Cristina Soledad Carvajal Silva y Felix Choque Mamani, al ser su primer delito y no rebasar la pena de dos años son beneficiados con el Perdon Judicial, conforme el art. 368 del Código de Pdto. Penal, como única condición guardar respeto a la parte querellante.
Que, la sentencia condenatoria pronunciada por el tribunal de la causa fue objeto de impugnación por parte de los procesados Felix Choque Mamani y Cristina Soledad Carvajal Silva a través del recurso de apelación restringida saliente de fs. 120 a 124 vlta., alegando los sgtes. motivos; 1) Violación del art. 124 del Código de Pdto. Penal; afirmando que la sentencia sería contradictoria y tendría falta de coherencia interna; 2) defectos de la sentencia, alegando que existiría errónea y defectuosa valoración de la prueba, ello en contra del art. 124 del C.P.P. y que la sentencia se limitaría a realizar una simple mención; 3) defecto en la sentencia, señalaron que la resolución violaría el art. 370 num. 5), 6) y art. 6 num. 2) del Código de Pdto. Penal; igualmente se violaría el principio de inmediación y continuidad previsto en el art. 370 y 334 del Procedimiento Penal, para ello hacen la invocación de los Autos Supremos:
A.S. Nº 37 de 27 de enero de 2007
A.S. Nº 73/2004 (sin fecha)
Auto de Vista Nº 53/2009 de 17 de abril de 2009
Auto de Vista Nº 33/2006 de 19 de abril de 2009
A.S. Nº 564/03 (sin fecha)
A.S. Nº 01/05 (sin fecha)
Auto de Vista Nº 74/2005 (sin fecha)
A.S. Nº 37 de 27 de enero de 2007
Pidiendo dictar una nueva sentencia absolutoria a favor de los procesados