Auto Supremo AS/0662/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0662/2013

Fecha: 04-Nov-2013

Al respecto, si bien es cierto conforme se acredita a fs

Al respecto, si bien es cierto conforme se acredita a fs. 41 y vlta., que en el caso objeto de análisis, existe una sola declaración testifical de cargo propuesta por la parte demandante, como afirma el representante de la institución recurrente, aspecto que contravendría lo previsto en el artículo 169 del Código Procesal del Trabajo, que prevé que hacen fe probatoria las declaraciones de dos o más testigos; sin embargo, debe tenerse en cuenta que el artículo 178 del Código Procesal del Trabajo señala: “Un testigo no puede formar por sí sólo plena prueba, pero sí presunción cuando es hábil, o indicio cuando su declaración se relacione con otros medios de prueba” (sic). En este contexto, el a quo a momento de emitir la Sentencia Nº 10 de 3 de noviembre de 2011 de fs. 42 a 46, la cual fue confirmada por el Tribunal de Apelación, no solamente fundamentó su decisión asumida en la declaración testifical de cargo de fs. 41, sino que tal declaración le sirvió como indicio para discernir lo que en derecho corresponde a favor del actor; toda vez que para llegar a la decisión asumida, valoró la prueba en su conjunto dentro del marco de lo previsto en los artículos 3. j) 158 y 200 del Código Procesal del Trabajo, no siendo por tanto evidente que se hubiera transgredido el artículo 169 del Adjetivo Laboral, citado ut supra