Regístrese, hágase saber y cúmplase.
Como se puede establecer el recurrente identificó tres motivos de agravio, que no fueron reparados por el tribunal de apelación, invocando en los dos primeros motivos los precedentes contradictorios que también fueron invocados en la apelación restringida, explicando en ambos casos la contracción que entiende el recurrente existen entre estos y el Auto de Vista impugnado, por lo que corresponde declarar la admisibilidad del recurso, respecto a esos motivos, lo que no ocurre con el tercer motivo en el que no se invocó el o los precedentes contradictorios ni se estableció la contradicción, incumpliendo con la carga procesal que tiene todo recurrente al formular recurso de casación.
POR TANTO
La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación de fs. 421 a 423, interpuesto por Severino Valiente Pinto, para el análisis de fondo de los dos primeros motivos identificados en los numerales 1. y 2. del acápite II de la presente Resolución; asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, dispone que por Secretaría de Sala, se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional mediante fotocopias legalizadas: el Auto de Vista impugnando y el presente Auto Supremo.
Regístrese, hágase saber y cúmplase.
- Por memorial presentado el 27 de septiembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Con el referido Auto de Vista el imputado fue notificado el 23 de septiembre
- Del memorial que cursa de fs. 421 a 423, se extrae los siguientes motivos
- Por lo expuesto, al amparo de lo establecido por los arts
- judicial conforme lo determinan los arts
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Conforme se precisó precedentemente, para la admisión del recurso de casación, la norma procesal penal
- En el caso, de la revisión de antecedentes se tiene que el recurrente Severino Valiente
- Respecto al cumplimiento de los demás requisitos previstos por los arts
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
