Continúa con la cita y desglose del Auto Supremo 99 de 24 de marzo de
Continúa con la cita y desglose del Auto Supremo 99 de 24 de marzo de 2005, para señalar que: “Finalmente, se debe considerar que al momento de emitirse Sentencia, no se consideró los arts. 37, 38, 39 y 40 del CP, para aplicar la sanción que correspondía de manera fundamentada” (sic); a continuación cita y desglosa el Auto Supremo 507/2007 de 11 de octubre, con relación al deber de fundamentación de la pena y finaliza citando el Auto Supremo 038/2013-RRC de 18 de febrero, referente a la imposición de la pena y la competencia del Tribunal de alzada
- El memorial presentado, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, Teófilo Lima Mamani formuló recurso de apelación restringida (fs
- c)Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista, interpuso el recurso de casación que
- El recurrente bajo el título: “FUNDAMENTACIÓN Y FIJACIÓN DE LA PENA” (sic), y en el
- Continúa con la cita y desglose del Auto Supremo 99 de 24 de marzo de
- En el acápite “II
- El art
- entre otras atribuciones de las Salas especializadas de éste Tribunal, la de sentar y uniformar
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- Estando precisado en el acápite que precede, los requisitos de admisibilidad que necesariamente deben cumplirse;
- Con esta precisión se tiene que si el presunto defecto surgió en la Sentencia, el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
