Por memorial presentado el 21 de noviembre de 2013, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 357/2013-RA
Sucre, 30 de diciembre de 2013
Expediente : Cochabamba 62/2013
Parte acusadora : Ministerio Público y otra
Parte imputada : Anival Oscar Mérida Arce
Delito : Estupro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 21 de noviembre de 2013, cursante de fs. 670 a 672, Anival Oscar Mérida Arce interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista de 18 de octubre de 2013, de fs. 665 a 667, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público e Inocencia Guzmán Rojas contra el recurrente, por el delito de Estupro, previsto y sancionado por el art. 309 del Código Penal (CP)
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 357/2013-RA
Sucre, 30 de diciembre de 2013
Expediente : Cochabamba 62/2013
Parte acusadora : Ministerio Público y otra
Parte imputada : Anival Oscar Mérida Arce
Delito : Estupro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 21 de noviembre de 2013, cursante de fs. 670 a 672, Anival Oscar Mérida Arce interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista de 18 de octubre de 2013, de fs. 665 a 667, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público e Inocencia Guzmán Rojas contra el recurrente, por el delito de Estupro, previsto y sancionado por el art. 309 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 21 de noviembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista el 14 de noviembre de 2013
- De la atenta revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)En la segunda denuncia, el recurrente señala que el: “SOMETIMIENTO A PROCESO ABREVIADO NO ES
- Que conforme la doctrina y jurisprudencia, el defecto absoluto se presenta, por ejemplo, cuando se
- 3)En el tercer motivo se denuncia: “NO EXISTE DISPOSICION EXPRESA SOBRE LA OPOSICION PLANTEADA” (sic),
- 4)Finalmente, el recurrente denuncia en su recurso de casación que la: “TIPIFICACION DE ILICITOS ESTA
- En definitiva, solicita que se dicte Auto Supremo “CASANDO” (sic) su recurso, manteniendo firme la
- El art
- Dicho esto, también conviene recordar que el art
- iii) Y por último, como única prueba admisible, debe acompañarse copia del recurso de apelación
- Siendo así que, como se dijo anteriormente, de no concurrir todos los requisitos ahora explicados,
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- Así, de la revisión del recurso y los motivos que contiene, se establece lo siguiente
- Como se advierte, el recurrente identifica la supuesta contradicción que existiría entre el Auto de
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
