El art
III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP)
- Por memorial presentado el 4 de diciembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Por memorial presentado el 28 de enero de 2013 (fs
- c)Notificado el recurrente con los referidos Autos de Vista el 27 de noviembre de 2013
- Del memorial de recurso de casación que cursa de fs
- Con esta referencia, el recurrente explica que son dos los puntos centrales de la Resolución
- Arguye que, la base legal del planteamiento de su excepción de cosa juzgada en el
- Ratifica que el argumento del rechazo a la excepción que opuso fue porque los motivos
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- A los efectos de resolver sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto
- En ese entendido, en art
- sido instituido bajo la idea de que la ausencia de un mecanismo que uniformice los
- En ese contexto, de acuerdo a la regulación normativa del recurso de casación establecida en
- Por otra parte, cabe destacar que el art
- En autos, se tiene de la revisión de los antecedentes, que durante la sustanciación del
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
