En ese entendido, en art
En ese entendido, en art. 416 del CPP, instituye que el recurso de casación procede para impugnar Autos de Vista, dictados por los Tribunales Departamentales de Justicia, que sean contrarios a otros precedentes pronunciados por las Salas Penales de estos Tribunales o del Tribunal Supremo de Justicia; del segundo párrafo de esta norma, se colige que para la procedencia de este recurso el precedente debe ser invocado a tiempo de plantear el recurso de apelación restringida, de ello se establece que el recurso de casación sólo procede contra Autos de Vista pronunciados en la resolución de los recursos de apelación restringida que se formulen para impugnar la Sentencia
- Por memorial presentado el 4 de diciembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Por memorial presentado el 28 de enero de 2013 (fs
- c)Notificado el recurrente con los referidos Autos de Vista el 27 de noviembre de 2013
- Del memorial de recurso de casación que cursa de fs
- Con esta referencia, el recurrente explica que son dos los puntos centrales de la Resolución
- Arguye que, la base legal del planteamiento de su excepción de cosa juzgada en el
- Ratifica que el argumento del rechazo a la excepción que opuso fue porque los motivos
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- A los efectos de resolver sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto
- En ese entendido, en art
- sido instituido bajo la idea de que la ausencia de un mecanismo que uniformice los
- En ese contexto, de acuerdo a la regulación normativa del recurso de casación establecida en
- Por otra parte, cabe destacar que el art
- En autos, se tiene de la revisión de los antecedentes, que durante la sustanciación del
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
