Deducida la apelación por el demandado ésta fue remitida ante el Tribunal de Alzada, instancia
Deducida la apelación por el demandado ésta fue remitida ante el Tribunal de Alzada, instancia que mediante Auto de Vista Nº 478/2012 de 24 de diciembre 2012 anuló el Auto de concesión de fs. 213 de 4 de junio 2012, por lo que el demandado recurrió en casación, habiéndose pronunciado el Auto Supremo Nº 217/2013 de 26 de abril del año en curso por el que anula el Auto de Vista recurrido en casación y dispone que sin espera de turno y previo sorteo se dicte nueva Resolución de Alzada
- Mamani
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- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
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