Auto Supremo AS/0657/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0657/2013

Fecha: 20-Dic-2013

Igualmente precisó que el recurso de casación puede ser deducido en el fondo o en

Igualmente precisó que el recurso de casación puede ser deducido en el fondo o en la forma o en ambos a la vez, conforme está establecido en el art. 250 del Código de Procedimiento Civil, sin embargo, no debe olvidarse que ambas formas de impugnación -en el fondo y en la forma- constituyen dos medios de impugnación distintos que responden a causales igualmente diferentes y persiguen por lo tanto distintas determinaciones