CONSIDERANDO III: Que, a través del recurso de casación cursante de fs
CONSIDERANDO III: Que, a través del recurso de casación cursante de fs. 108 a 114, el procesado Juan Hino Guzmán impugna la resolución jurisdiccional contenida en el Auto de Vista Nº 52 de 11 de mayo de 2009 cursante de fs. 81 a 83 vlta., pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz alegando que el Auto de Vista impugnado sería contradictorio a precedentes similares, además de que existió falta de determinación circunstanciada de los hechos y que la Sentencia se habría basado en hechos no acreditados, para cuyo efecto realizó una relación de los hechos de la causa, expresando según su parecer que el delito de Despojo no habría sido cometido
- CONSIDERANDO I: Que, el Juzgado Primero de Sentencia de la ciudad de Santa Cruz de
- Que, la sentencia de grado pronunciada por el juez de la causa fue objeto de
- CONSIDERANDO II: Que, previos los trámites del recurso de apelación, el tribunal de apelación constituido
- CONSIDERANDO III: Que, a través del recurso de casación cursante de fs
- CONSIDERANDO IV: Que, para los efectos de la presente resolución, corresponde tener presente que desde
- Que, en el contexto antes señalado, el sistema procesal penal vigente en el país establece
- CONSIDERANDO V: Que, ingresando a la consideración de las condiciones de admisibilidad del recurso de
- Que, por otro lado, de la revisión del recurso de apelación restringida ofrecido en calidad
- Magistrada Relatora: Dra. Ma. Lourdes Bustamante Ramírez
