Auto Supremo AS/0695/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0695/2013

Fecha: 05-Dic-2013

Que, por otro lado, de la revisión del recurso de apelación restringida ofrecido en calidad

Que, por otro lado, de la revisión del recurso de apelación restringida ofrecido en calidad de prueba para los efectos del recurso de casación se advierte que el recurrente no invocó en dicha oportunidad ningún precedente contradictorio, incumpliendo así con el requisito de admisibilidad previsto en el art. 416 del Código de Procedimiento Penal que dispone: “El precedente contradictorio deberá invocarse por el recurrente a tiempo de interponer recurso de apelación restringida”, exigencia que reviste mayor trascendencia cuando la base de la impugnación -como en el caso de autos- versa sobre presuntos defectos de la Sentencia