VISTOS: El recurso de nulidad y casación en la forma y el fondo de fs
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Auto Supremo Nº 706
Sucre, 02/12/2013
Expediente: 413/2013-S
Distrito: La Paz
Magistrada Relatora: Norka N. Mercado Guzmán
VISTOS: El recurso de nulidad y casación en la forma y el fondo de fs.108 y vlta., interpuesto por Luis Emilio Aliaga Moncada, contra el Auto de Vista Nº 052/2013 de 18 de marzo de 2013 cursante de fs. 105 y vlta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el proceso laboral por reintegro de beneficios sociales, instaurado por el recurrente, contra la Empresa Transformación Agroindustrial “ETASA” S.A.; el Auto de fs. 112 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, en suplencia legal del Juzgado Séptimo de Trabajo y Seguridad Social del mismo distrito judicial, emitió la Sentencia Nº 47/2011 de 25 de marzo de 2011, cursante de fs. 83 a 87, declarando improbada la demandada, cursante a fs. 6, con costas
Auto Supremo Nº 706
Sucre, 02/12/2013
Expediente: 413/2013-S
Distrito: La Paz
Magistrada Relatora: Norka N. Mercado Guzmán
VISTOS: El recurso de nulidad y casación en la forma y el fondo de fs.108 y vlta., interpuesto por Luis Emilio Aliaga Moncada, contra el Auto de Vista Nº 052/2013 de 18 de marzo de 2013 cursante de fs. 105 y vlta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el proceso laboral por reintegro de beneficios sociales, instaurado por el recurrente, contra la Empresa Transformación Agroindustrial “ETASA” S.A.; el Auto de fs. 112 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, en suplencia legal del Juzgado Séptimo de Trabajo y Seguridad Social del mismo distrito judicial, emitió la Sentencia Nº 47/2011 de 25 de marzo de 2011, cursante de fs. 83 a 87, declarando improbada la demandada, cursante a fs. 6, con costas
- VISTOS: El recurso de nulidad y casación en la forma y el fondo de fs
- Contra dicha resolución de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de nulidad y casación en la forma y el fondo
- También denunció vulneración del artículo 47
- De otro lado, acusó que el Auto de Vista fundamentó que de ninguna manera se
- Finalmente señaló, que el Auto de Vista no refirió disposiciones legales para confirmar la Sentencia,
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de Vista Resolución A
- CONSIDERANDO II:Que así formulado el recurso de nulidad y casación en la forma y el
- A lo anotado, debe agregarse que, conforme lo previsto en el artículo 258
- De la misma forma sobre la denuncia del despido indirecto por supuesta rebaja de sueldo;
- En cuanto a la vulneración del artículo 48
- Hecha esta aclaración e ingresando en análisis, cabe señalar, que el recurrente no especifica en
- Sobre el argumento del recurso en sentido que debió aplicarse preferentemente el Decreto Ley Nº
- Finalmente sobre la falta de fundamentación y la vulneración de los artículos 4,1, 12 y
- Por los fundamentos expuestos, este Tribunal advierte que, no resultan evidentes las denuncias acusadas en
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de
- No se regula honorario profesional de abogado, por no haberse dado respuesta al recurso de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
