Merced a estas consideraciones técnico jurídicas, es imperativo precisar que conforme lo dispuesto por el
Merced a estas consideraciones técnico jurídicas, es imperativo precisar que conforme lo dispuesto por el artículo 210 del Código Procesal del Trabajo concordante con el artículo 257 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de casación debe ser interpuesto dentro del plazo fatal e improrrogable de ocho días a contar desde la notificación con el Auto de Vista o Sentencia; precisando así, con exactitud, el momento procesal desde el cual debe iniciarse el cómputo del plazo dentro del cual se debe interponer el recurso de nulidad o casación, señalando que es desde la notificación a la parte recurrente con el Auto de Vista que se impugna, infiriéndose en consecuencia, que el plazo para la interposición del recurso de casación, se computa de momento a momento; es decir, desde la notificación con la resolución de vista que se impugna y culmina en la hora similar del día en que se cumple
- VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs
- Dicho fallo, motivó el recurso de casación, interpuesto por el demandado Marco Antonio Salgado
- CONSIDERANDO II: Que antes de ingresar a establecer los fundamentos del recurso, el Tribunal Supremo
- Asimismo, el artículo 142 del Adjetivo Civil, que señala que los plazos quedarán vencidos en
- En consecuencia, la omisión al ejecutar un acto procesal en los plazos que la ley
- Bajo dichos lineamientos, se concluye que los plazos procesales pueden computarse por días, así como
- Merced a estas consideraciones técnico jurídicas, es imperativo precisar que conforme lo dispuesto por el
- A lo expuesto se debe agregar, que de acuerdo a lo previsto por el artículo
- En consecuencia corresponde dar aplicación a los artículos 271
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
- No se regula honorario profesional de abogado por no haber sido respondido el recurso
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
