Asimismo, se deja constancia que no es admisible
Asimismo, se deja constancia que no es admisible la falta de mesura en la formulación de recursos ante las instancias jurisdiccionales, pues en el caso de Autos se advierte una falta de sustento legal en la fundamentación del mismo, al extremo de extrañarse incluso que ni siquiera el recurrente haya señalado contra que Auto de Vista de está recurriendo
- Que, a los fines de resolver el Recurso
- Que, ante esta Sentencia, Oscar Aguilar Velasco de
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se
- Del Precedente Contradictorio Invocado: En el Recurso de Apelación Restringida de fs
- Se define a la Casación, como un instrumento
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar
- Invocación del precedente contradictorio y precisión sobre la contradicción entre los precedentes y el Auto
- De la invocación en el Recurso de Apelación Restringida: Conforme lo previsto por el art
- Asimismo, se deja constancia que no es admisible
- Por lo señalado supra, el Recurso de Casación
- POR TANTO
- Magistrado Relator: Dr. William E. Alave Laura
