Por la nulidad determinada, se encomienda al Tribunal Ad quem competente, imprima la mayor celeridad
Por la nulidad determinada, se encomienda al Tribunal Ad quem competente, imprima la mayor celeridad procesal posible al presente proceso, dispensando de todo turno de espera, para la emisión del Auto de Vista respectivo, bajo responsabilidad administrativa
- Expediente: 441/2013-S
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral el Juez Quinto de Partido del Trabajo y
- En grado de apelación formulada por la parte demandada (fs
- CONSIDERANDO II: Que con carácter previo y antes de considerar los fundamentos del recurso planteado,
- Asimismo, resulta pertinente resaltar lo previsto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil,
- En ese contexto, haciendo un análisis minucioso de los actuados del proceso se advierte en
- Conforme a lo anotado, la referida omisión por parte del Tribunal Ad quem atenta lo
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
- Por la nulidad determinada, se encomienda al Tribunal Ad quem competente, imprima la mayor celeridad
- No siendo excusable el error, se impone multa de Bs
- Por Secretaría de Sala, cúmplase con lo previsto en el artículo 17
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
