Auto Supremo AS/0785/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0785/2013

Fecha: 24-Dic-2013

Asimismo, en relación al recurso de casación en la forma de fs

Asimismo, en relación al recurso de casación en la forma de fs. 314 a 316 vta., interpuesto por los actores, por el que reclamaron la violación del artículo 202. b) y c) del Código Procesal del Trabajo, por cuanto en la liquidación del Auto de Vista recurrido no se habría considerado, todos los puntos demandados y que también fueron referidos en el Auto de prueba cursante a fs. 185 vta., infiriéndoles un daño económico; corresponde señalar, que conforme a la normativa reclamada, se tiene que la resolución debe recaer sobre todos los puntos litigados; situación que en contraste con los conceptos señalados en el recurso de casación en mención en cuanto a los demandados por Jaime Sánchez Dunn, que contemplan: aguinaldo 2007, multa aguinaldo 2007 y 2008, aguinaldo duodécimas 2009 y multa aguinaldo 2009; y en cuanto a la demanda de Karin Silvina Oporto Esteban, los conceptos de aguinaldo 2007, multa aguinaldo 2007 y 2008 y aguinaldo duodécimas 2009; mismos que fueron demandados conforme se tiene de la revisión de la demanda interpuesta a fs. 42 a 47, subsanada a fs. 51 a 53, 54 y 55; se advierte sin embargo, que no fueron considerados en el Auto de Vista recurrido, mismos que merecieron su análisis al ser demandados, tomando en cuenta además la condición de ex novo del Tribunal Ad quem, para determinar su procedencia o no, en base a la existencia de la debida fundamentación y motivación como se señaló precedentemente