Que, los recibos presentados como prueba documental a fs
Que, los recibos presentados como prueba documental a fs. 12 a 21 como también las declaraciones testifícales, demostrarían que la recurrente si aporto para la construcción de las mejoras de su bien inmueble y que ese terreno fue habido durante la vida conyugal que llevaron con su ex cónyuge, reconocida por vía judicial, que se demostró que este terreno fue adquirido por su ex concubino el año 1999, y que al contrario en Auto de Vista indica que las pruebas de cargo presentadas no tendrían eficacia jurídica establecido en el art. 1287 del Código Civil, circunscribiéndose solo a valorar la tercería de dominio excluyente del tercerista Agustín Pérez Paredes
- Proceso: Ruptura unilateral
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra esa Sentencia de primera instancia, la parte demandante interpuso recurso de apelación, recurso que
- En el Fondo
- Que, los recibos presentados como prueba documental a fs
- Concluye que la recurrente si hubiera cumplido con lo establecido con los arts
- Por todo lo expuesto, solicita al amparo de los arts
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Conforme los argumentos expuestos en el recurso plateado por la recurrente y los antecedentes del
- Cuando el recurso de casación se interpone en el fondo o por errores in iudicando,
- Para la procedencia del recurso de casación es inexcusable el cumplimiento de lo dispuesto por
- En el caso de Autos, la recurrente omitió precisar las causales de casación en el
- Sin perjuicio de ello y sólo a manera de aclaración, entendiéndose que la pretensión de
- Por las razones expuestas corresponde a éste Tribunal fallar en la forma prevista por los
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
