En cuanto a los restantes requisitos, en autos la recurrente cita tres reclamos, siendo el
En cuanto a los restantes requisitos, en autos la recurrente cita tres reclamos, siendo el primero la relación de fechas entre la audiencia de fundamentación y la notificación con el Auto de Vista recurrido; empero, más allá de advertirse un reclamo de su parte, no posee argumento jurídico alguno que pueda ser compatible con las exigencias procesales que hacen al recurso de casación, puesto que en un escueto párrafo alega sobre la demora en el pronunciamiento del Auto de Vista recurrido, constituyendo tal extremo -dice- "flagrante violación" (sic) del art. 411 del CPP, sin vertir argumentos jurídicos que sustenten este reclamo y sin citar precedentes contradictorios, pues se reitera que la precisión de la contradicción jurídica es un requisito para que este Tribunal admita el recurso de casación, a fin de que sobre esa base emita en el caso la doctrina legal aplicable; más cuando este Tribunal ha razonado a través del Auto Supremo 259 de 6 de mayo de 2011 que: "...en materia penal, el incumplimiento de plazos no acarrea la pérdida de competencia, menos la nulidad de lo actuado, sino la retardación de justicia que amerita la responsabilidad administrativa o penal de los funcionarios públicos negligentes"
- El recurso de casación interpuesto por Catalina Canaviri Paredes, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del examen del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Continua señalando que el Tribunal de alzada no consideró, ni se pronunció sobre los "contrarios
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- días previstos por la norma; es así que, habiendo sido notificada el 7 de noviembre
- En cuanto a los restantes requisitos, en autos la recurrente cita tres reclamos, siendo el
- El segundo punto del recurso estriba en la razón de que el Auto de Vista
- Por último, la recurrente en un tercer punto con relación a una excepción de prejudicialidad
- En consecuencia, la forma inadecuada de formular el recurso por parte de la imputada, hace
- en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
