Auto Supremo AS/0041/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0041/2013-RA

Fecha: 22-Feb-2013

Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 473 de 25 de agosto de 2004, 14

Agrega que el Auto de Vista impugnado sobre su denuncia de errónea aplicación de la ley sustantiva formulada en apelación, afirmó que no era posible verificar que hubiera dejado cantidad o calidad de bienes o herramientas, ni que los acusados hubieren actuado como propietarios de los mismos, siendo insuficiente la prueba para determinar la concurrencia de los elementos del tipo penal Abuso de Confianza. Esta conclusión -según sostiene el recurrente- no consideró que el juez en primera instancia calificó como depósito el hecho de haber dejado sus herramientas, cuando la naturaleza jurídica del depósito no tiene nada que ver con el tipo penal de Apropiación Indebida.
Además, los Vocales determinaron que la inspección judicial no fue suficiente para determinar los tipos penales acusados, cuando con ese actuado se verificó que los acusados reconocieron que estaban en poder de sus herramientas, que según ellos fueron abandonas al igual que la obra y que las mismas serían devueltas a la conclusión del trabajo o la devolución del anticipo, cuando ya una tercera persona estaba realizando el trabajo y respecto al anticipo no existe ninguna constancia; con este argumento, sostiene que más allá de las exigencias el juzgador, no puede convalidarse un ajusticiamiento por mano propia, cuando existen las vías correspondientes, estando plenamente probada su acusación.
Acusa la vulneración del art. 124 del CPP, por cuanto el Auto de Vista impugnado adolece de debida fundamentación plena en cuanto a sus argumentos, limitándose a "tildarlos" de insuficientes.
Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 473 de 25 de agosto de 2004, 14 de 13 de enero de 2004, 81 de 30 de enero de 2006, 223 de 28 de marzo de 2007, 214/2007 de 28 de marzo 2012, 277 de 9 de marzo de 2007 y 183 de 6 de febrero de 2007