Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0041/2013-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0041/2013-RA

    Fecha: 22-Feb-2013

    La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el

    POR TANTO
    La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación cursante de fs. 140 a 143, interpuesto por Roldán Azurduy Márquez
    • Por memorial presentado el 6 de febrero de 2013, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Del memorial de fs
    • Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 473 de 25 de agosto de 2004, 14
    • El art
    • En este contexto, elart
    • i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Efectuada esta precisión, en el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con
    • En consecuencia, al no haberse cumplido con todos los requisitos de admisibilidad el recurso de
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca