Auto Supremo AS/0049/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0049/2013

Fecha: 27-Feb-2013

Consiguientemente, el Tribunal de alzada ha omitido el cumplimiento de normas procesales de obligatorio e

Consiguientemente, el Tribunal de alzada ha omitido el cumplimiento de normas procesales de obligatorio e ineludible observancia, por el carácter público que revisten como expresamente señala el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, lo que conlleva la nulidad del proceso conforme los artículos 252 y 271 numeral 3) del Código de Procedimiento Civil