Auto Supremo AS/0049/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0049/2013

Fecha: 27-Feb-2013

POR TANTO: la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida

POR TANTO: la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el artículo 42 numeral 1 y disposición transitoria octava de la Ley del Órgano Judicial, ANULA obrados hasta fojas 415 inclusive; es decir, hasta que el Tribunal Ad quem, previo sorteo y sin espera de turno pronuncie nueva resolución sobre el fondo de la causa, con la pertinencia de los artículos 190 y 236 del Código de Procedimiento Civil