Prosigue, argumentando sobre la limitación que impone el principio de inmediación a los Tribunales de
Prosigue, argumentando sobre la limitación que impone el principio de inmediación a los Tribunales de apelación a momento de la resolución de recursos de apelación restringida; motivando una breve mención a la doctrina relativa a la valoración de la prueba, apunta a afirmar que el Tribunal de apelación no pudo advertir, en la Sentencia de grado, la carencia de fundamentación probatoria intelectiva y el valor asignado por el A quo, extremo que decantaría -dice- en una "motivación aparente" (sic) en el texto de la Sentencia. En este punto cita y transcribe porciones de los Autos Supremos 196 de 3 de junio de 2005, 91 de 28 de marzo de 2006, 167 de 4 de julio de 2012 y las Sentencias Constitucionales "1668 de 14 de octubre de 2004" y 119/2004-R de 28 de enero
- Por memorial presentado el 25 de febrero de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Notificado el recurrente con el Auto de Vista impugnado el 19 de febrero de 2013
- Del memorial que cursa de fs
- Manifiesta también que, la línea jurisprudencial establecida por el Tribunal Supremo de Justicia, señala que
- Prosigue, argumentando sobre la limitación que impone el principio de inmediación a los Tribunales de
- establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- inadmisibilidad del recurso
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el primer requisito
- Respecto al requisito de fondo, se evidencia que el reclamo que el recurrente pretende en
- Por otra parte, si bien es posible la invocación de precedentes en el recurso de
- pronunciado por las Salas Penales del Tribunal Supremo de Justicia o bien Autos de Vista
- Los extremos detallados anteriormente, demuestran el incumplimiento de los requisitos formales para la admisibilidad del
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
