Auto Supremo AS/0080/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0080/2013

Fecha: 13-Mar-2013

En conclusión, se advierte que el Tribunal ad quem no cumplió ni observó las previsiones

En conclusión, se advierte que el Tribunal ad quem no cumplió ni observó las previsiones contenidas en los artículos 192, 236 del Código de Procedimiento Civil y 202 del Código Procesal del Trabajo, normas procesales que son de orden público y cumplimiento obligatorio conforme instituye el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, cuya inobservancia acarrea la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo e impide que la competencia de este Tribunal se abra para resolver los aspectos de fondo esgrimidos en el recurso de casación de fs. 167-169