II
II.- Recurso de casación en la forma.- En base a los artículos 251, 252, 254 inciso 6) y artículo 208, denuncia que el termino probatorio se ha extendido por espacio de un año y tres meses; solicita la nulidad de obrados por perdida de competencia, señalando que, pese haberse dictado el decreto de autos en fecha 22 de agosto 2006, no existe la toma de razón, lo que hace presumir que no cabía en los libros la fecha de la emisión de la sentencia, de ahí que, se le notifico por intermedio de su abogado recién cuando se encontraba el expediente a la vista en fecha 3 de octubre de 2006, lo que indica que la sentencia se dictó fuera del plazo de 40 días que establece el artículo 204 del Código de Procedimiento Civil
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- II
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