Por memorial presentado el 26 de febrero de 2013, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 097/2013-RA
Sucre, 09 de abril del 2013
Expediente : La Paz 13/2013
Parte acusadora : Ministerio Público y Aurora Flores Loza
Parte imputada : Natalio Estaca Choque
Delito : Lesiones Gravísimas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 26 de febrero de 2013, cursante de fs. 467 a 468 vta., Natalio Estaca Choque, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 52/2012 de 13 de agosto de fs. 453 a 457, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Aurora Flores Loza contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Lesiones Gravísimas, previsto en el art. 270 inc. 5) del Código Penal (CP)
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 097/2013-RA
Sucre, 09 de abril del 2013
Expediente : La Paz 13/2013
Parte acusadora : Ministerio Público y Aurora Flores Loza
Parte imputada : Natalio Estaca Choque
Delito : Lesiones Gravísimas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 26 de febrero de 2013, cursante de fs. 467 a 468 vta., Natalio Estaca Choque, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 52/2012 de 13 de agosto de fs. 453 a 457, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Aurora Flores Loza contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Lesiones Gravísimas, previsto en el art. 270 inc. 5) del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 26 de febrero de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Por otra parte, señala que el Tribunal de Sentencia valoró la prueba de cargo consistente
- Agrega que el Auto de Vista impugnado no se hubiera pronunciado sobre el defecto absoluto
- Concluye, señalando que los hechos relatados constituyen defectos absolutos tipificados en el art
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Así, de la revisión del recurso y los motivos contenidos en el mismo, se tiene
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
