Auto Supremo AS/0189/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0189/2013

Fecha: 24-Abr-2013

De otro lado, acusó que el Juez a quo así como el Tribunal ad quem

De otro lado, acusó que el Juez a quo así como el Tribunal ad quem omitieron considerar que el actor efectuó un reconocimiento expreso en la conciliación sobre el monto de los sueldos devengados, documento que fue presentado al momento de contestar a la demanda y ratificado en el término de prueba, cumpliendo con la exigencia del artículo 1302 del Código Civil, no obstante que debieron tomarlo en cuenta por ser esencial tal cual prevé el artículo 393. II del Código de Procedimiento Civil, corrigiendo la suma, más por el contrario reconocieron en demasía un monto de dinero, no siendo posible pagar beneficios sociales a quien incumplió el contrato de trabajo toda vez que los documentos originales cursantes en obrados señalan con claridad la responsabilidad en que incurrió el actor y el daño económico causado, demostrándose en consecuencia la equivocación del Tribunal ad quem, según determina el artículo 253. 3) del Código de Procedimiento Civil y la violación y aplicación indebida de los artículos 7 de la Constitución Política del Estado y 13 de la Ley General del Trabajo