En ese sentido, del contenido del memorial de recurso de casación, se advierte una falta
En ese sentido, del contenido del memorial de recurso de casación, se advierte una falta de claridad y orden en los argumentos que pretende expresar el recurrente, pues si bien invocó los Autos Supremos 344 de 15 de junio de 2011, 336 de 13 de junio de 2001 y 272 de 4 de mayo de 2009, se limitó a destacar los antecedentes de los procesos que fueron resueltos por las referidas Resoluciones, así como las razones y alcance de las decisiones adoptadas por el Tribunal Supremo en cada uno de ellos, sin explicar cuál la situación de hecho similar y principalmente cuál la contradicción en relación a lo determinado en el Auto de Vista impugnado, conforme a la exigencia establecida en el art. 417 del CPP
- Por memorial presentado el 3 de abril de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- En cumplimiento del referido Auto Supremo, la Sala Penal Primera del Tribunal de Departamental de
- El recurrente, inicialmente efectúa una relación de los antecedentes, para luego señalar que el Auto
- junio de 2011 y 272 de 4 de mayo de 2009
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- Ahora bien, en el acápite II de la presente Resolución, se consignó todo lo argumentado
- En ese sentido, del contenido del memorial de recurso de casación, se advierte una falta
- trascendental importancia, pues desde ahí, partirá el análisis de contradicción a efectuarse en una resolución
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
