Por memorial cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 134/2013-RRC
Sucre, 20 de mayo de 2013
Expediente : Cochabamba 19/2013
Parte acusadora : Demetrio Veliz y Matilde Vallejos de Veliz
Parte imputada : Orlando Córdova Pinto y Julia Vásquez Vía
Delitos : Apropiación Indebida y Abuso de Confianza
Magistrado Relator : Dr. Pastor Segundo Mamani Villca
RESULTANDO
Por memorial cursante de fs. 232 a 235, Julia Vásquez Vía, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 04 de 27 de agosto de 2012, de fs. 206 a 211, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por Demetrio Veliz y Matilde Vallejos de Veliz contra la recurrente y Orlando Córdova Pinto, por los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, previstos y sancionados por los arts. 345 y 346 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 134/2013-RRC
Sucre, 20 de mayo de 2013
Expediente : Cochabamba 19/2013
Parte acusadora : Demetrio Veliz y Matilde Vallejos de Veliz
Parte imputada : Orlando Córdova Pinto y Julia Vásquez Vía
Delitos : Apropiación Indebida y Abuso de Confianza
Magistrado Relator : Dr. Pastor Segundo Mamani Villca
RESULTANDO
Por memorial cursante de fs. 232 a 235, Julia Vásquez Vía, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 04 de 27 de agosto de 2012, de fs. 206 a 211, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por Demetrio Veliz y Matilde Vallejos de Veliz contra la recurrente y Orlando Córdova Pinto, por los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, previstos y sancionados por los arts. 345 y 346 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Auto Supremo 236/2002 de 27 de junio, tomando en cuenta que el conflicto suscitado es
- Por lo expuesto la recurrente pide se dicte Auto Supremo dejando sin efecto el Auto
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Sobre el delito de Abuso de Confianza, señaló que por abuso de confianza ha de
- La Sentencia agrega: "Por lo tanto en este artículo podemos ver dos formas a través
- Causar daño o perjuicio efectivo y la retención de la posesión constituye la objetividad del
- Que, la prueba de cargo en su conjunto testifical y literal convence el criterio del
- Agregó que la figura jurídica del préstamo, está inmersa en el campo civil conforme lo
- II
- Conforme se determinó en el Auto de admisión del presente recurso corresponde verificar si es
- Además, cabe recordar la necesidad de que las resoluciones en general y las resoluciones judiciales
- Con base a lo expuesto, se establece que ante la formulación de recurso de apelación
- Atendiendo a que en el presente caso, la recurrente alega la vulneración del derecho al
- Ahora bien, teniendo en cuenta los criterios expuestos en el acápite anterior en cuanto a
- delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, limitándose a asumir conclusiones genéricas sin la
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art
- pongan en conocimiento de los Jueces Penales de su jurisdicción la presente Resolución
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
