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Sobre el delito de Abuso de Confianza, señaló que por abuso de confianza ha de entenderse la expresión no en el sentido de amistad o en un sentido personal, sino como consecuencia de las relaciones jurídicas que imponen a una de las partes confiar en que la otra cumplirá con la obligación pactada; es decir, que al entregar en posesión una cosa le será devuelta, o cuando el sujeto activo aprovechándose de la confianza dispensada por la víctima le cause daño o perjuicio en sus bienes
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