Por memorial presentado el 7 de mayo de 2013, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 140/2013-RA
Sucre, 28 de mayo de 2013
Expediente : Cochabamba 23/2013
Parte acusadora : Ministerio Público y otros
Parte imputada : Juan Roy Paredes Hinojosa y otro
Delito : Lesiones Leves
RESULTANDO
Por memorial presentado el 7 de mayo de 2013, cursante de fs. 1006 a 1009, Juan Vargas Mendoza en representación de Miguel Ángel, Raúl Mauricio y Juan Pablo, todos de apellidos Vargas Ampuero, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 17 de enero de 2013, de fs. 996 a 1002 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y los representados del recurrente contra Juan Roy Paredes Hinojosa y José Antonio Patiño Pozo, por la presunta comisión del delito de Lesiones Leves, previsto y sancionado por el art. 271, segunda parte del Código Penal (CP)
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 140/2013-RA
Sucre, 28 de mayo de 2013
Expediente : Cochabamba 23/2013
Parte acusadora : Ministerio Público y otros
Parte imputada : Juan Roy Paredes Hinojosa y otro
Delito : Lesiones Leves
RESULTANDO
Por memorial presentado el 7 de mayo de 2013, cursante de fs. 1006 a 1009, Juan Vargas Mendoza en representación de Miguel Ángel, Raúl Mauricio y Juan Pablo, todos de apellidos Vargas Ampuero, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 17 de enero de 2013, de fs. 996 a 1002 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y los representados del recurrente contra Juan Roy Paredes Hinojosa y José Antonio Patiño Pozo, por la presunta comisión del delito de Lesiones Leves, previsto y sancionado por el art. 271, segunda parte del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 7 de mayo de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial que cursa de fs
- Con la anterior referencia, el recurrente señala que el Auto de Vista impugnado, contradice dichos
- Concluye señalando que la Sentencia está debidamente motivada respecto a la participación de los imputados
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
