Secretario de Sala Plena
Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
PRESIDENTE
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
Jorge Isaac von Borries Méndez
DECANO
Rómulo Calle Mamani
MAGISTRADO
Antonio Guido Campero Segovia
MAGISTRADO
Pastor Segundo Mamani Villca
MAGISTRADO
Norka Natalia Mercado Guzmán
MAGISTRADA
Maritza Suntura Juaniquina
MAGISTRADA
Fidel Marcos Tordoya Rivas
MAGISTRADO
Darwin Vargas Vargas
Secretario de Sala Plena
- PROCESO: Conflicto de Competencia
- PARTES:Conflicto suscitado entre el Juzgado Primero de Partido en lo Civil y Comercial de Sucre
- FECHA: Sucre, ocho de mayo de dos mil trece
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de los antecedentes se desprenden los siguientes extremos
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- CONSIDERANDO: Que, previamente a conocer y resolver el conflicto suscitado se debe determinar la competencia
- Si bien, los órganos jurisdiccionales tienen el poder de juzgar, éste se halla limitado en
- Suscitándose muchas veces cuestiones de competencia entre los jueces de un mismo departamento, o entre
- El ordenamiento jurídico boliviano, establece el trámite que debe darse a un conflicto de competencia
- CONSIDERANDO: Que en mérito a la fundamentación precedente, corresponde considerar cuál es el órgano jurisdiccional
- En la especie, se tiene que la acción judicial que motivó el conflicto de competencia,
- Consecuentemente la acción de nulidad demandada, se encuentra dentro de las atribuciones propias de la
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- No interviene la Magistrada Rita Susana Nava Durán por encontrarse declarada en comisión
- Regístrese, comuníquese y cúmplase
- Secretario de Sala Plena
