Auto Supremo AS/0151/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0151/2013

Fecha: 14-May-2013

CONSIDERANDO IV: Que, ingresando a la resolución de los motivos expuestos por el recurrente, debemos

CONSIDERANDO IV: Que, ingresando a la resolución de los motivos expuestos por el recurrente, debemos partir de considerar que los Autos Supremos Nº 317 de 13 de junio de 2003, Nº 722 de 26 de noviembre de 2004 y Nº 635 de 20 de octubre de 2004, invocados por el recurrente en apoyo del primero motivo de su Recurso, señalan efectivamente que el Recurso de Apelación Restringida es el medio legal para impugnar errores de procedimiento o de aplicación de normas sustantivas en los que se hubiera incurrido durante la sustanciación del juicio o la sentencia y que no resulta ser el medio jerárquico para revalorizar la prueba o revisar las cuestiones de hecho que hacen los Jueces o Tribunales inferiores, sino para garantizar la correcta aplicación de la Ley; alegando sobre esas consideraciones que el Auto de Vista habría revalorizado la prueba