Auto Supremo AS/0151/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0151/2013

Fecha: 14-May-2013

Que, en efecto, dada la vigencia del principio de intangibilidad de los hechos y de

Que, en efecto, dada la vigencia del principio de intangibilidad de los hechos y de la prohibición de la revalorización de la prueba, si bien resulta una premisa cierta que los Tribunales de Apelación están prohibidos a descender a un examen ex novo de los hechos y de las pruebas para modificarlos, complementarlos o desconocerlos, sin embargo, nos es menos cierto, como señala FERNANDO DE LA RUA, que la vigencia de esos principios no obsta que el Tribunal de Apelación efectúe una interpretación de la Sentencia para verificar y resolver los cuestionamientos que de ella hacen los recurrentes al denunciar, por ejemplo, la mala valoración de la prueba o la fijación arbitraria de los hechos