De lo expuesto precedentemente, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con
Sin embargo, respecto al requisito de admisibilidad de fondo, se evidencia que los recurrentes desconociendo la naturaleza y finalidad del recurso de casación, se limitan a formular distintos cuestionamientos a la actuación del Juez de Sentencia que pronunció fallo en el presente proceso, propios en todo caso de un recurso de apelación restringida, para finalmente rechazar en el acápite titulado "INVOCACION DEL PRECEDENTE CONTRADICTORIO" del memorial de recurso, la resolución emitida por el Tribunal de alzada, a la que consideran como injusta, sin invocar ningún precedente contradictorio, ni explicar o fundamentar en términos claros y precisos, respecto a la posible contradicción que pudiera existir con el Auto de Vista impugnado; pues debe tenerse en cuenta que la inobservancia de este requisito ineludible impide a este Tribunal admitir el recurso e ingresar al análisis de fondo a los efectos de ejercer la labor de contraste que la ley le asigna.
De lo expuesto precedentemente, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con los requisitos exigidos por los arts. 416 y 417 del CPP, para su admisión; correspondiendo declarar su inadmisibilidad
De lo expuesto precedentemente, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con los requisitos exigidos por los arts. 416 y 417 del CPP, para su admisión; correspondiendo declarar su inadmisibilidad
- Por memorial presentado el 27 de abril de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, José Lino Moreno Zabala (fs
- Notificados los recurrentes con el referido Auto de Vista el 22 de abril de 2013
- Del memorial que cursa de fs. 343 a 345 vta., se extraen los siguientes motivos
- También opusieron la excepción de incompetencia, porque el juzgador carecía de competencia en razón de
- se solicitó que el "
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En relación al requisito sobre el plazo para la presentación del recurso de casación, se
- De lo expuesto precedentemente, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con
- en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
