Auto Supremo AS/0158/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0158/2013

Fecha: 09-May-2013

En consecuencia, toda vez que conforme la Ley del Órgano Judicial (Ley Nº 25 de

En consecuencia, toda vez que conforme la Ley del Órgano Judicial (Ley Nº 25 de 24 de junio de 2010), establece la creación de Salas Especializadas en los Tribunales Departamentales de Justicia, entre ellas la Sala en Materia de Familia, Niñez y Adolescencia, que en virtud del artículo 57 numeral 1, tendrá atribuciones de conocer en grado de apelación, las resoluciones dictadas por las juezas y los jueces en materia de familia, de niñez y adolescencia y violencia intrafamiliar o doméstica y pública; no obstante, sólo ante la inexistencia de esta sala especializada, a fin de evitar retardación de justicia innecesaria, se concluye que las los recursos de apelación en materia infracional deben ser resueltos en grado de apelación por la Sala Penal de turno del Tribunal Departamental respectivo