Que, por otro lado, se tiene que la parte recurrente también cumpliócon el imperativo procesal
Que, por otro lado, se tiene que la parte recurrente también cumpliócon el imperativo procesal de la carga de invocación de precedentes contradictorios válidos y la postulación de las contradicciones que deduciría entre la resolución impugnada y los precedentes contradictorios invocados, sumado a ello la expresa denuncia sobre la violación de la garantía a la seguridad jurídica por parte del Tribunal a quo en cuanto a la incorrecta fijación de la pena ante la concurrencia de concurso de dos delitos; por lo que corresponde declarar admisible el Recurso de Casación interpuesto a objeto de no solo verificar la contradicción postulada, sino también a objeto de verificar que la Resolución impugnada es formal y materialmente correcta
- CONSIDERANDO I: Que, el Tribunal de Sentencia de Tupiza, Provincias Sur y Nor Chichas del
- CONSIDERANDO II: Que, a través del Recurso de Casación cursantes de fs
- Contradicción entre la parte considerativa y resolutiva del fallo, señalando al respecto que al haberse
- CONSIDERANDO III: Que, desde una perspectiva amplia, señala ORTELLS RAMOS, el medio de impugnación se
- Que, en el contexto antes señalado, el sistema procesal penal vigente en el país ha
- CONSIDERANDO IV: Que, ingresando a la consideración de las condiciones de admisibilidad del Recurso de
- Que, por otro lado, se tiene que la parte recurrente también cumpliócon el imperativo procesal
- POR TANTO: La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, en cumplimiento del art
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