Auto Supremo AS/0238/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0238/2013

Fecha: 31-May-2013

En mérito a las consideraciones precedentes, corresponde fallar conforme a lo previsto por los artículos

En mérito a las consideraciones precedentes, corresponde fallar conforme a lo previsto por los artículos 271-1 y 272-1) del Código de Procedimiento Civil