Hilaria Hilda Chileno Terrazas solicitó complementación (fs
Hilaria Hilda Chileno Terrazas solicitó complementación (fs. 547), y por Auto de 31 de agosto de 2012 (fs. 548) se dispuso “con lugar a daños” (sic) a calificarse en ejecución de sentencia. Por otra parte, contra la mencionada Sentencia, la imputada Carmen Daza y la acusadora particular Hilaria Hilda Chileno Terrazas formularon recurso de apelación restringida (fs. 562 a 653 y 565 a 570, respectivamente), ampliación y ratificación de recurso de apelación restringida presentada por Carmen Daza (fs. 574 a 575), siendo resuelto por Auto de Vista Nro. 30 de 27 de febrero de 2013 (fs. 628 a 634), dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que los declaró admisibles e improcedentes
- DELITO: falsedad material, falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Carmen
- Que de la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- Hilaria Hilda Chileno Terrazas solicitó complementación (fs
- Que del memorial que cursa de fojas 650 a 652, se extraen los siguientes motivos
- Refiere que “para que exista el delito del art
- Indica que recurre de casación contra el Auto de Vista impugnado por infracción directa, interpretación
- Que conforme a la previsión del artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, el recurso
- El artículo 417 de la Ley Adjetiva Penal concluye señalando que el incumplimiento de dichos
- Que conforme se precisó precedentemente, para la admisión del recurso de casación, la norma procesal
- En el presente caso, del análisis de los actuados procesales, se evidencia que la parte
- Respecto a los demás requisitos previstos en los artículos 416 y 417 del Código de
- POR TANTO: La Sala Penal Segunda del Tribunal
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- ANTE MÍ. Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano.
