Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0193/2013
Fecha: 04-Jun-2013
Expediente: 19/09
Expediente: 19/09
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Auto Supremo Nº: 193/2013
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Fecha:Sucre, 04 de junio de 2013
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Distrito: Cochabamba¨
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Expediente: 19/09
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Parte solicitante: Alejandro Quispe Cadima (+)
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Recurso: Revisión de Sentencia
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Que, ante esta Sentencia Alejandro Quispe Cadima, formuló Recurso de Apelación Restringida de fs
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El recurrente funda su solicitud en la causal establecida en el art
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Señala, que los hechos no ocurrieron como se fundamentó en la Sentencia, pues no existió
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Que, el juicio se inició a querella planteada por Cirila Arévalo de Heredia y Héctor
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Que, el Tribunal de Sentencia aplico el principio de "IURA NOVIT CURIA", cambiando la calificación
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Que, de acuerdo a la documentación adjunta a su Recurso se demuestra que el Juez
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Que, fue condenado en base a datos erróneos pues no sería evidente que el limite
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Los planos de ambos lotes y del sector en conflicto no fueron analizados ni considerados
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Se denuncia la violación del principio de razonabilidad que según la jurisprudencia constitucional tiene como
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Denuncia la errónea calificación de la conducta del imputado en el marco descriptivo de la
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Señala, que la Corte Suprema de Justicia estableció que, para la procedencia de la Revisión
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Por último, al amparo de los arts
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Debemos entender el Recurso de Revisión de Sentencia contenido en el Título IV del Código
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Podetti indica: "Que, la Revisión Extraordinaria de Sentencia es el remedio procesal extraordinario encaminado a
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Cortes Domínguez indica: "Que la labor del Tribunal de Revisión no es determinar si existe
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Debe considerarse, que la revisión no es un momento procesal o medio de impugnación, porque
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La revisión o Recurso de Revisión de Sentencia al momento de analizar una Sentencia condenatoria
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Conforme lo señalado en el Considerando III del presente Auto Supremo, el Recurso de Revisión
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Que, la causal invocada por el recurrente establecida en el art
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Se tiene establecido que los recurrentes al solicitar la Revisión Extraordinaria de Sentencia les corresponde
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Se deja establecido que el Tribunal Supremo ya ha adoptado criterio uniforme en relación a
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Con relación al instituto de la Revisión de Sentencia Ejecutoriada, la doctrina atribuye a este
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Por último, se deja constancia que a fs
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POR TANTO
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