Auto Supremo AS/0288/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0288/2013

Fecha: 04-Jun-2013

Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo (fs

Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo (fs. 101-102) interpuesto por la entidad demandada, quien señaló que la Resolución objeto del recurso se funda en que los últimos salarios cotizables al sistema de reparto en los trabajadores que hubieran trabajado en los periodos del 09/68 a 08/78 se certifica en base a listado de reconocimiento de antigüedad, y éstos se certifican en base a los listados de reconocimiento de antigüedad elaborado en aplicación a los Decretos Supremos Nª 13112 y 17083; y que, se les debe reconocer hasta un máximo de 120 cotizaciones, situación similar pasa con los periodos comprendidos entre 12/48 a 10/64 donde el interesado no figura en los listados de la comisión mixta ferroviario Boliviano Brasileña; es más a fs. 54-55 cursa informe técnico Nº 354/11 de 23 de noviembre de 2011 en el cual se establece que en los periodos 11/48 a 10/84 el interesado no figura en listados de dicha empresa por lo que no se certifica